Nuestra acción social es posible gracias a la dedicación y el esfuerzo de las profesionales, voluntarios y voluntarias de la entidad.
Asimismo, damos gracias a todas las instituciones, organizaciones y empresas que, con su confianza y colaboración, hacen mejor el día a día de los niños, los jóvenes y las personas mayores.
Nuestra tarea tampoco sería posible sin el apoyo de personas que nos ayudan mensualmente realizando una donación económica en forma de cuota.
Cualquier donación económica que realiza disfruta de unas ventajas fiscales.
A partir del 1 de enero de 2016, ha incrementado el porcentaje de deducción aplicable a las donaciones realizadas a Fundació Fàtima, como entidad acogida a la Ley 49/2002.
Según la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, se establecieron desde el 1 de enero de 2016, nuevos porcentajes de deducción en función de la base de la deducción, del importe del donativo y de la «fidelidad» del donante a la entidad perceptora.
Recuerde: que para poder informar a la Agencia Tributaria del importe de sus cuotas y donativos es imprescindible que nos pueda facilitar su nombre, apellido, DNI y domicilio, importe del donativo, fecha y medio de pago.
Herencias y legados
Incluso cuando ya no esté puede echar una mano a los niños, jóvenes y personas mayores incluyendo a la Fundació Fàtima en tu testamento.
Puede hacer que la fundación sea heredera, coheredera o legataria de su patrimonio, independientemente de su envergadura, cualquier aportación cuenta. Puede legar dinero en efectivo, bienes muebles e inmuebles o valores financieros, en función de sus circunstancias y deseos.